No invocarás la libertad de expresión en vano
30/01/2011 22:55:22
Así debiera comenzar la entrada, pero por aquello del posicionamiento en los buscadores el periodista Rafael Díaz Arias ha publicado en su blog Periodismo global un título por agregación que, según él, al final no dice nada. Rafael aclara que solo pretende mostrar su sorpresa por la ligereza con la que se quieren tapar todas las vergüenzas tras el manto de la libertad de expresión y los intereses que se esconden bajo el amparo que Google escudriña en la consabida frasecita.
Ante el riesgo de cierre, los agregadores de enlaces a películas dicen que ellos se limitan a ejercer la libertad de expresión. Ahora el muy poderoso Google poco menos que amenaza con poner al Reino de España en la lista negra de los violadores de la libertad de expresión, porque la Agencia de Protección de Datos les requiere para que dejen de enlazar a publicaciones (principalmente boletines oficiales) en los que aparecen personas que quieren que sus referencias no sean recuperables.
En el primer caso estamos ante un conflicto entre libertad de información y derechos de autor. En el segundo, en un conflicto entre el derecho a la información y un nuevo desarrollo del derecho a la vida privada, el derecho al olvido, que corresponde a cualquier particular en relación a sus actividades sin trascendencia pública.
Estos conflictos entre dos libertades tienen que ser resueltos por las leyes y los tribunales ponderando y equilibrando los derechos e intereses en presencia para que las limitaciones que uno de ellos haya de sufrir en beneficio del otro sean mínimas. Y es que —parece obvio recordarlo— ningún derecho es absoluto. Todos están interrelacionados y todos tienen que estar al servicio de los otros, pero en caso de conflicto tiene que predominar el que sea más esencial e irrenunciable para la dignidad personal.
Cada ordenamiento nacional aplica unos u otros equilibrios, pero en ninguno ni la libertad de expresión ni ningún otro derecho son absolutos. En Europa se da más peso a los derechos de la personalidad que en Estados Unidos, pero también allí la jurisprudencia (constitucional) del Tribunal Supremo considera la privacidad como un derecho irrenunciable. Lo que ocurre es que los grandes conglomerados de Internet hacen una interpretación interesada de la libre expresión
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