Cuba: Constituida Comisión Electoral Nacional
6:07:50 p.m.
Tal y como dispone la Ley Electoral cubana, los 17 integrantes de la Comisión Electoral Nacional, recibieron la certificación que los acredita para organizar, dirigir y validar los actos electorales. Rubén Pérez Rodríguez y Tomás Amarán Díaz, fueron designados vicepresidente y secretario de la Comisión Electoral Nacional, respectivamente.
Los miembros se comprometieron a cumplir en tiempo, con profesionalidad, disciplina y exigencia, las actividades inherentes a los cargos que ejercen, y a caracterizar su desempeño por la imparcialidad, transparencia, veracidad y puntualidad de la información que brinden, así como proceder según los principios éticos que rigen nuestros procesos electorales.
La comisión tiene la responsabilidad de regir todo el proceso, desde la designación de las comisiones electorales provinciales, la de la Isla de la Juventud y las especiales, hasta la definición de las circunscripciones, además de supervisar la realización de escrutinios cuando se determine, practicar el escrutinio nacional e informar los resultados al Consejo de Estado y otros asuntos de su competencia.
Previo a este proceso —en septiembre del año pasado— el Consejo de Estado acordó crear comisiones de trabajo en las provincias con el objetivo de sentar las bases organizativas y materiales para estas elecciones parciales.
Entre las acciones desarrolladas están la capacitación de las comisiones electorales, la puesta en práctica de un nuevo sistema informático diseñado por la Universidad de Ciencias Informáticas (UCI), las garantías de transportación y comunicación pertinentes, y el perfeccionamiento del registro electoral.
Cuba tiene un sistema electoral autóctono que sin pretensiones modélicas se ajusta a nuestra historia, tradiciones y realidad sociocultural, y afirma el carácter democrático del Estado cubano, asentado en el poder soberano del pueblo, el que lo ejerce directamente o a través de sus representantes electos en elecciones periódicas.
Está basado en el principio de universalidad del voto con la posibilidad del ejercicio del sufragio, de modo voluntario, a los mayores de 16 años; la ausencia de partidos políticos que postulan candidatos nominados por la población en asambleas de vecinos; la amplia participación popular, el control directo del pueblo a las elecciones, y la no existencia de campañas electorales ni la recaudación de fondos para estos fines.
Al sistema electoral cubano le son ajenas la politiquería y la demagogia, y solo priman en los candidatos los méritos y la capacidad a la hora de ser elegidos; no reciben ningún privilegio o beneficio personal y están obligados a rendir cuenta de su gestión al electorado, que también puede revocarlos en cualquier momento.
En abril serán elegidos lo delegados de las asambleas municipales del Poder Popular de donde saldrán sus presidentes y vicepresidentes, los miembros de sus comisiones permanentes y de los Consejos Populares que por el periodo de dos años y medio ejercerán gobierno.
(Fuente: Granma)
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