Cuba y la compleja transformación de la empresa estatal (II)
4:00:40 p.m.
Por José Luis Rodríguez*
En el análisis de este tema, lo primero que debe tomarse en consideración es que los cambios en la política económica en relación con la empresa estatal que se recogieron en los Lineamientos de la Política Económica y Social aprobados en abril de 2011 tuvieron en cuenta un conjunto de premisas indispensables para el éxito de esas transformaciones.
Como punto de partida quedó expresado el principio de que en nuestra sociedad sería determinante la empresa estatal como el elemento esencial en la gestión económica basada en la propiedad social sobre los medios fundamentales de producción, en los marcos de un sistema de planificación que resultaría preponderante sobre el mercado.
Bajo esas condiciones se dejó establecido que se trataba entonces de poner en práctica un proceso paulatino de descentralización de facultades a favor de la autonomía creciente de la empresa estatal, en un contexto de diferenciación de las funciones estatales y empresariales, para lo cual era preciso elaborar un marco regulatorio adecuado, incluyendo sus procedimientos correspondientes, con el objetivo de elevar la eficiencia de la producción y la satisfacción de las necesidades sociales.
Se esbozaba así probablemente la transformación más trascendente e indispensable pero, a la vez, compleja y de largo aliento en todo el proceso de actualización del modelo económico cubano, cuyo análisis demanda un esfuerzo de síntesis notable. (Tomando esto en cuenta nos apoyaremos en el análisis realizado por un conjunto de economistas que incluyen a Luis Marcelo, Ileana Díaz, Luis del Castillo y Camila Piñeiro, entre los más destacados en el estudio del tema).
Los primeros pasos en esta dirección han conllevado a una transformación de las estructuras del sector empresarial basada en la creación de organizaciones superiores de dirección empresarial (OSDE), empresas y unidades empresariales de base (UEB), que comenzó a materializarse desde el año 2010 mediante la reducción de 25,4% del número de empresas y de 18,9% de las sociedades mercantiles del Estado, al tiempo que se creaba una cifra de OSDE y especialmente de UEB.
Una evaluación de los movimientos estructurales en curso resalta la gradualidad que presuponen los cambios en el sistema de gestión, donde diversas facultades de control anteriormente ubicadas a nivel ministerial ahora están en las OSDE, al tiempo que se mantiene un nivel de gestión centralizada en la empresa a la que se subordinan las UEB, que no poseen personalidad jurídica propia.
Esto último ha provocado una polémica sobre la pertinencia de esta decisión, especialmente en lo referido a la conversión de un número importante de empresas en entidades con facultades más limitadas. Ello incluso llevó a que se anunciara en la última Asamblea Nacional la revisión de este aspecto, particularmente en el caso de los centrales azucareros.
El tema de la estructura no resulta de poca importancia, pues las medidas adoptadas ya en este año ubican una serie de facultades a nivel de empresa, por lo que la dimensión de cada elemento estructural y las relaciones de coordinación o subordinación con el nivel superior o inferior, según se trate, van a tener un efecto notable sobre todo el proceso, agilizando o entorpeciendo la toma de decisiones.
Sin embargo, en un contexto de largos años sin cambios importantes en cuanto a la descentralización de decisiones sustantivas a nivel de las empresas —salvo aquello que pudiera rescatarse del perfeccionamiento empresarial aplicado a partir de 1998— es muy positivo lo que ahora se introduce, aun cuando el plazo para su aplicación se extienda en el tiempo tomando en cuenta la necesaria experimentación por la que se debe transitar y la indispensable capacitación de los cuadros que aplicarán las decisiones acordadas.
Las transformaciones aprobadas en esta primera etapa se recogen fundamentalmente en el Decreto Ley 320 y el Decreto 323 del Consejo de Ministros, emitidos en abril del 2014, los que modifican el Decreto Ley 252 y el Decreto 281 en lo referido al sistema de gestión empresarial, que estos últimos normaban en relación básicamente con el proceso de perfeccionamiento empresarial. En tal sentido, los pasos que ahora se ejecutan deben dar continuidad a las mejores experiencias de ese proceso que hoy abarca a alrededor de mil empresas de las 2 096 existentes al cierre del primer semestre del año.
Una aproximación general a las modificaciones aprobadas para las empresas públicas muestra que las mismas contemplan la flexibilización de su objeto social, con la eliminación de sus limitaciones. Se ha tratado, asimismo, de reducir los indicadores directivos en el plan, definiendo con mayor precisión el contenido de las obligaciones de la empresa mediante el encargo estatal y diferenciando la formación de precios según se trate de entregas prefijadas o excedentes que pueden comercializarse libremente.
Además, se amplía la retención de utilidades después del pago de impuestos —definiendo sus usos posibles, incluida la distribución entre los trabajadores—, al tiempo que se autoriza a retener la depreciación y crear fondos de compensación en el nivel de la OSDE para hacer frente a desbalances coyunturales. Se establece también que la OSDE aprueba el plan de la empresa y los sistemas de pago de los salarios, lo que abre la posibilidad de su incremento sobre la base del aumento de la productividad y la eficiencia.
Todos estos cambios se desarrollarán en un entorno que incluye la nueva Ley Fiscal y una Ley de Inversión Extranjera, como parte de la legislación macroeconómica en vías de implementación, a lo que se añade el complejo proceso de reunificación monetaria y cambiaria que también se ha iniciado en la economía cubana. (Continuará).
*El autor es asesor del Centro de Investigaciones de la Economía Mundial (CIEM, La Habana).
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